- Promover y reconocer la excelencia profesional de los Infantes de Marina.
- Fortalecer los vínculos entre el Cuerpo IM y el cuerpo social.
- Preservar la camaradería, las tradiciones y la historia del Cuerpo IM.
Con el propósito de contribuir a la reputación y prestigio de la Infantería de Marina de la Armada de Chile.
LUNES______: AM
MARTES____: PM
MIÉRCOLES : AM
JUEVES_____: PM
VIERNES____: AM
Presidente
LEGIONARIO IM CHRISTIAN FASSLER LIRA
Vicepresidente
LEGIONARIO IM HÉCTOR BERNDT BERNDT
Secretario
LEGIONARIO IM BRUNO SCHUFFENEGER LABARCA
Tesorero
LEGIONARIO IM RODRIGO PAVEZ MARINETTI
Director Socios
LEGIONARIO IM ORLANDO BECERRA QUIROZ
Director Actividades
LEGIONARIO IM ROBERTO WEBER ACUÑA
Director Patr. Hist. y Trad.
LEGIONARIO IM ANDRÉS CONTADOR ZELADA
Director Enlace y Com.
LEGIONARIO IM ALEXIS GARCÉS MELLADO
Director Infraestructura
LEGIONARIO CARLOS SILVA ALDUNATE
Administrador de la Sede.
LEGIONARIO IM ARNALDO SANCHEZ URDANUVIA
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
Santiago, 30 de Septiembre de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.308.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto ley número 527, de 1974, y en el decreto reglamentario 110, publicado en el Diario Oficial de 20 de Marzo de 1979 y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado Decretó:
1.- Concédase personalidad jurídica a la entidad denominada "Legión de Infantería de Marina", con domicilio en la ciudad de Viña del Mar, provincia de Valparaíso, Quinta Región de Valparaíso.
2.- Apruébense los estatutos por las cuales se ha de regir la citada corporación en los términos de que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 16 de Noviembre de 1979 y 22 de Agosto de 1980, otorgadas ante el notario público de Viña del Mar, don Gilberto Harris Dazarola.
3.- La entidad cuya personalidad jurídica se concede por este decreto, deberá dar cumplimiento a las disposiciones del decreto ley N° 349, de 1974, y sus modificaciones.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Mónica Madariaga Gutiérrez, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Francisco José Folch Verdugo, Subsecretario de Justicia.
De acuerdo a sus Estatutos:
ARTICULO PRIMERO.- Constituyese con el nombre de Legión de Infantería de Marina, de aquí en adelante “La Legión”, una Corporación de derecho privado, con domicilio en la ciudad de Viña del Mar, de duración indefinida, sin fines de lucro, ni gremiales ni sindicales, con número ilimitado de socios, la que se regirá por sus Estatutos, por los Reglamentos Internos que apruebe la Asamblea General Extraordinaria, por las Leyes y Reglamentos complementarios pertinentes, excluyendo de su seno toda clase de distingos religiosos, raciales y políticos.-
ARTICULO SEGUNDO.- Los fines de esta Corporación son: a) Mantener una cordial vinculación entre los miembros de la Legión y con los Oficiales del Cuerpo de Infantería de Marina en servicio activo.-
b) Contribuir a preservar las tradiciones, destacar el prestigio y promover los intereses del Cuerpo de Infantería de Marina de Chile.- c) Contribuir a perpetuar la historia del Cuerpo de Infantería de Marina, y mediante acciones adecuadas, recordar sus hechos y personajes más significativos, y d) Propender al conocimiento del Cuerpo de Infantería de Marina de Chile en la ciudadanía y a su vinculación con el cuerpo social. Esta enumeración de los fines no indica prioridad ni importancia relativa de ellos.-
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